Lic. Erick Fernando Dour Iglesias
Socio Fundador de DFM LEGAL
26/06/2024
Hasta hace unos años, las instituciones de seguridad social en México prohibían recibir dos pensiones al mismo tiempo, argumentando que no eran compatibles y excedían el límite de 10 salarios mínimos establecido. Esto significaba que los viudos y viudas podían perder el derecho a una de estas prestaciones al acceder a la otra.
Sin embargo, tras diversas resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), esta situación ha cambiado. La SCJN ha reconocido que tanto la pensión por viudez como la pensión por jubilación son derechos independientes del trabajador o trabajadora fallecida. Esto significa que no se contraponen entre sí y pueden ser otorgadas de manera simultánea a los beneficiarios de las instituciones de seguridad social.
Hoy en día, esta modificación en los criterios permite a los beneficiarios de las instituciones de seguridad social promover un juicio para obtener ambos beneficios sin perder ninguno. Esta nueva interpretación ha ampliado considerablemente los derechos de los beneficiarios de pensiones en México. Todo ciudadano mexicano de acuerdo a la ley mas importante que es la Constitución tiene el derecho a una seguridad social adecuada, lo que implica el derecho a recibir una pensión justa y legal.
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Lic. Erick Dour Iglesias